Estructura del municipio y del Cabildo en la República Constitucional: ejemplo de Garachico.

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En la República Constitucional, la vida política de Garachico se inicia mediante dos elecciones independientes que separan estrictamente el poder de mandar del poder de controlar.

El cuerpo legislativo local surge de la elección de concejales por distritos o barrios mediante un sistema mayoritario uninominal a doble vuelta: núcleos como San Pedro de Daute o El Guincho eligen directamente a su representante.

Dicho concejal no debe lealtad a siglas partidistas, sino exclusivamente a sus vecinos, quienes conservan en todo momento la facultad de revocar su mandato mediante referéndum. Su función no es la gestión administrativa, sino el control político del ejecutivo: fiscalizar su actuación, aprobar las ordenanzas y decidir sobre el presupuesto municipal.

De forma paralela y en una urna distinta, los ciudadanos eligen al alcalde por sufragio mayoritario directo a doble vuelta. Al no existir partidos en el Poder, el alcalde carece de una mayoría automática en el pleno; cada proyecto debe ser negociado y aprobado por los representantes de los barrios, que actúan como contrapeso permanente.

La legalidad de esta mecánica queda garantizada por una función judicial independiente y unitaria: los juzgados locales no dependen del municipio, sino de un Poder Judicial nacional gobernado por un Consejo de Justicia ajeno a los Partidos. Asimismo, la secretaría y la intervención acceden por oposición nacional y dependen de dicho Consejo, blindando la gestión pública frente al arbitrio político.

El Cabildo como corporación de municipios.

Para que la estructura del Cabildo sea coherente con la República Constitucional, la isla de Tenerife no debe configurarse como un «pequeño Estado», sino como una corporación de municipios.

En el estrato insular, el Cabildo se transforma en una Cámara de Representación Territorial que emana de la voluntad política municipal, eliminando la duplicidad burocrática regional. El cuerpo legislativo insular se constituye mediante un sistema de representación indirecta: está compuesto por delegados de los órganos legislativos de cada ayuntamiento, elegidos por y entre los propios concejales de barrio. Esta composición asegura que la voz de Garachico en la isla responda a un mandato de defensa del distrito y no a una cuota de Partido.

Por su parte, el ejecutivo insular es el Presidente del Cabildo, elegido por sufragio mayoritario directo a doble vuelta por el conjunto de los habitantes de Tenerife. Su función es la gestión técnica y operativa de las competencias insulares, siempre fiscalizada por la Cámara de representantes municipales.

Al suprimirse el estrato autonómico, el Cabildo se vincula directamente con el Estado nacional para la ejecución de competencias estatales, garantizando que el Poder fluya de abajo hacia arriba y que cada decisión responda a la realidad concreta de los municipios.

Por @Amphxos

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